El Gobierno nacional, por intermedio de la ministra de Justicia y del Derecho, solicitó a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado emitir concepto sobre el «Proyecto de Ley por medio de la cual se determinan las competencias de la Jurisdicción Agraria y Rural, se establece el procedimiento especial agrario y rural y se dictan otras disposiciones», en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 1437 de 2011 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA, en relación con elementos del mismo que hacen referencia a las competencias del Consejo de Estado. En particular, sobre los artículos 9, parágrafo 1; 31, 53, 55, 56 y 59 de ese proyecto normativo.
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en concepto del 29 de noviembre de 2024 se pronunció respecto de aquellas disposiciones que propuso el Ministerio de Justicia y del Derecho, y sobre aquellas que, a su juicio, afectan al Consejo de Estado en su organización, competencia y funcionamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 1437 de 2011.
Entre otras conclusiones, esta Corporación advirtió sobre la inconstitucionalidad de varios de los artículos del proyecto de ley, por desconocer y contrariar el Acto Legislativo 03 de 2023 que le confiere al Consejo de Estado, de conformidad con el artículo 237 de la Constitución, la atribución constitucional para ejercer como órgano de cierre de la Jurisdicción Agraria en asuntos contencioso administrativos.
A su vez, la Sala planteó algunas sugerencias concretas, en materia de distribución de competencias y la consagración de nuevos recursos extraordinarios, a fin de proponer alternativas para superar algunos de los vicios de inconstitucionalidad anunciados, pues comparte el interés de que se logren consolidar mecanismos de resolución de controversias en temas agrarios y rurales en el país, que permitan resolver de manera efectiva los problemas ligados a la propiedad y la posesión de tierras rurales, así como la protección de los derechos de sujetos de especial protección constitucional, a quienes específicamente busca proteger el Acto Legislativo 03 de 2023. Al respecto, puede verse el concepto descrito, en el siguiente link.